RESTRICCIONES DE LA LIBERTAD DE RELIGIÓN: ESTADO DE ALARMA, LIBERTAD DE CULTO Y AUTONOMÍA DE LAS CONFESIONES
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El ensayo analiza las restricciones de la libertad religiosa establecidas por el
Gobierno español durante el primer estado de alarma con el objeto de contener
la pandemia de COVID-19. Las obligaciones en materia de protección de derechos
humanos que los tratados internacionales y la Constitución de 1978 imponen a los
poderes públicos, así como la protección específica que el Derecho español concede a
la libertad religiosa de los individuos y de las comunidades, constituyen las referencias
básicas para valorar la licitud de tales limitaciones excepcionales, licitud que depende
de cuatro factores: legalidad, necesidad, proporcionalidad y no discriminación. La
aplicación de estas medidas está sometida a una interpretación restrictiva y debe tener
en cuenta la conexión existente entre la libertad de circulación, la libertad de reunión
y la libertad religiosa.