La expulsión de un miembro de un instituto religioso por ausencia ilegítima prolongada de la casa religiosa a tenor de los cánones 694 §1, 3º Y 696 §1

Contenido principal del artículo

Autores/as
Erika Jacinto Muñoz
Sección
Artículos
Palabras clave
Vida en común, casa religiosa, ausencia legítima, ausencia ilegítima, permiso de ausencia, expulsión facultativa, expulsión ipso facto, procedimiento de expulsión
Resumen

La vida fraterna en común es considerada como elemento esencial y constitutivo
de la vida religiosa. A pesar de ello, la práctica de los últimos años ha demostrado que
se presentan situaciones de ausencias ilegítimas de la casa religiosa, en la que los religiosos
se sustraen a la potestad legítima del Superior y, en ocasiones, no se pueden
localizar. Ante esta realidad, el legislador canónico proporciona los procedimientos
administrativos de expulsión del Instituto Religioso, los cuales permiten gestionar y
dar respuesta a dichas situaciones complejas con la finalidad de solucionar, con el
mayor respeto posible, tanto la situación jurídica del religioso ilegítimamente ausente,
como garantizar la disciplina religiosa y la justicia dentro del Instituto.

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Cómo citar
Jacinto Muñoz, E. . . (2021). La expulsión de un miembro de un instituto religioso por ausencia ilegítima prolongada de la casa religiosa a tenor de los cánones 694 §1, 3º Y 696 §1. Revista Española De Derecho Canónico, 77(189), 869–907. https://doi.org/10.36576/summa.133080