Beneficium dationis in solutum ex lege De Roma a la Ley Española 25/2015 de 28 de julio, de la segunda oportunidad, y RD/L 1/2020, de 5 de mayo, de la Ley Concursal.

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Autores/as
Luis Alberto Rivas Herrero
Sección
Recensiones
Palabras clave
Derecho, Derecho mercantil, Derecho concursal, Historia del Derecho
Resumen

Recensión del libro de BEATRIZ GARCÍA FUEYO que estudia la dación en pago. La regla del cambio de prestación en el cumplimiento del vínculo obligatorio, si hay acuerdo entre las partes, se altera por Justiniano, el año 534 d. C. mediante la imposición legal al acreedor de aceptar un inmueble del deudor que carece de numerario derivado de un préstamo, con las garantías del juez y evaluación de todo el patrimonio, además de la extnción definitiva del crédito. Vigente en Derecho común y hasta el siglo XIX, con regulación legal en España .desde el año 2015.

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Cómo citar
Rivas Herrero, L. A. (2023). Beneficium dationis in solutum ex lege: De Roma a la Ley Española 25/2015 de 28 de julio, de la segunda oportunidad, y RD/L 1/2020, de 5 de mayo, de la Ley Concursal. Revista Española De Derecho Canónico, 80(194), 256–259. Recuperado a partir de https://revistas.upsa.es/index.php/derechocanonico/article/view/694

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