INTERVENCIONISMO E INJERENCIAS DE LA AUTORIDAD ECLESIÁSTICA EN EL DERECHO DE ASOCIACIÓN. ESTUDIO DE CASOS
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En este artículo se concreta, de una parte, lo que comporta la libertad o derecho de asociación en la Iglesia; y, de otra, las facultades de la autoridad eclesiástica respecto de las asociaciones de fieles (vigilancia, visita y régimen), sobre todo para resaltar que tales competencias no pueden dificultar el derecho de asociación, ni mucho menos limitarlo, sustituirlo o reordenarlo a su capricho. Más bien al contrario, deben animarlo, acompañarlo, orientarlo, seguirlo, … en definitiva, cuidarlo. Con esta finalidad, se analiza el ius statuendi contenido en el canon 94 § 1 y se reflexiona sobre la necesidad de conciliar el derecho de asociación con las facultades que compete a la autoridad eclesiástica, para buscar un equilibrio que guíe la relación de los miembros de una asociación con la jerarquía, en un ejercicio de corresponsabilidad eclesial que el papa Francisco llama sinodalidad, invitando a unos y otros a caminar juntos en la misión evangelizadodra que todos tenemos como miembros de la Iglesia, Pueblo de Dios.