La normativa sobre bienes temporales aplicable a las casas de monjas "sui iuris". Evolución histórica y caso del Monasterio de Santa Clara de Belorado
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A lo largo de los siglos la normativa por la que se han regulado los monasterios de monjas, ha evolucionado hasta alcanzar el régimen de autonomía que hoy es propio y característico en las casas sui iuris, y que se limita a una peculiar vigilancia en el caso de los monasterios del c. 615, de modo que una intervención solo se justificaría en relación a hechos graves y perjudiciales, como los protagonizados por la comunidad de Belorado, en la que parte de las monjas llegaron incluso a provocar su propia excomunión mediante un cisma. Tras la evolución histórica, este artículo expondrá los sucesos más significativos relacionados con los bienes temporales (pues en ellos se encuentra el origen del conflicto) así como la normativa, canónica y secular, aplicable a los mismos
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Citas
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